¿Tengo que homologar mi título en España?
En España la homologación NO es lo más apto para todo el mundo. No
depende de si vienes de Latinoamérica, Europa o donde sea: depende de si tu
profesión es regulada (de las que el Estado controla por salud, seguridad o
interés general).
- Si tu profesión es REGULADA → homologación obligatoria para ejercer legalmente.
- Si tu profesión es NO regulada → normalmente puedes trabajar en el sector privado con tu título + experiencia (y a veces solo necesitarás equivalencia para trámites concretos)Profesiones reguladas (necesitan homologación)
1. Profesiones reguladas (necesitan homologación)
Sanidad
- Médico/a, Enfermero/a, Dentista, Farmacéutico/a, Fisioterapeuta, Veterinario/a, Psicólogo/a general sanitario, Logopeda, Dietista-nutricionista, Óptico-optometrista, Podólogo/a, Terapeuta ocupacional.
Técnicas e ingenierías
- Arquitecto/a, Arquitecto/a técnico, e ingenierías “clásicas” y técnicas (Industrial, Telecomunicación, Caminos, Aeronáutica, Minas, Montes, Naval, Agrónoma, etc.).
Educación y jurídico
- Maestro/a (Infantil y Primaria), Profesor/a (Secundaria/Bachillerato/FP/Idiomas), Abogado/a, Procurador/a.
2. Profesiones no reguladas (ejemplos típicos)
- Tecnología: programación, desarrollo software, analítica de datos, producto, diseño web
- Empresa: marketing, administración, RRHH (ojo hay que demostrar que se aprendió la normativa local), consultoría, contabilidad (salvo ámbitos regulados)
- Creativo/humanidades: diseño gráfico, periodismo, comunicación, historia, filosofía, etc.
- Docencia privada: cursos, academias, formación no reglada
3. Tres consejos que te evitan problemas
- Antes de gastar dinero, confirma si tu profesión es regulada o no.
- Si NO es regulada: ten tu título apostillado/legalizado y CV/experiencia bien presentada.
- La equivalencia puede servir para estudios/oposiciones/trámites, pero no te habilita para profesiones reguladas.
Fuentes:
- La lista de profesiones reguladas y el marco general están en el Real Decreto 889/2022.
- El portal oficial de Universidades resume y enlaza el listado del Anexo (sanitarias, técnicas y sociales/jurídicas) y aclara que si no aparece, normalmente procede equivalencia.
- La declaración de equivalencia no habilita para ejercer una profesión regulada.
- La tasa oficial del trámite (homologación/equivalencia) figura como 166,50 € en la página de tasa del Gobierno.



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